Si tienes un préstamo hipotecario, un contrato de tarjeta revolving o cualquier otro producto financiero contratado en los últimos años, es probable que contenga alguna cláusula que los tribunales españoles y europeos ya han declarado nula por abusiva. En Viladecans, como en el resto de la provincia de Barcelona, muchos vecinos siguen pagando de más sin saber que tienen derecho a reclamar. Como despacho de advocats que trabajamos habitualmente en la Ciudad de la Justicia de Barcelona, explicamos a continuación qué es una cláusula abusiva, cómo identificarla y qué pasos seguir para reclamar.
¿Qué es una cláusula abusiva?
Una cláusula abusiva es aquella condición incluida en un contrato con consumidores que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio del consumidor. Esta definición procede de la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores, incorporada a nuestro ordenamiento a través del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007).
Para que una cláusula pueda declararse nula por abusiva se exige, con carácter general, que el contrato se haya firmado entre un profesional (banco, entidad financiera, empresa) y un consumidor, y que la cláusula no haya sido negociada individualmente, sino impuesta mediante condiciones generales de contratación.
Normativa que regula las cláusulas abusivas
La protección del consumidor frente a cláusulas abusivas se sustenta principalmente en:
- La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993.
- El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007).
- La Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación.
- La Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, aplicable a hipotecas firmadas tras su entrada en vigor.
- El Código Civil, en lo relativo a la nulidad de pleno derecho de las cláusulas contrarias a normas imperativas.
Cláusulas que con más frecuencia se declaran nulas
Cláusula suelo
Fijaba un interés mínimo que el cliente debía pagar aunque el euríbor bajara por debajo de ese umbral. Se ha considerado abusiva cuando no superó el control de transparencia, es decir, cuando el consumidor no pudo entender realmente su alcance económico.
Gastos de constitución de hipoteca
Cláusulas que trasladaban íntegramente al consumidor gastos de notaría, gestoría, registro o tasación que, según la normativa y la jurisprudencia, deben repartirse entre las partes o corresponder en gran medida al banco.
Índice IRPH
Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha admitido que puede analizarse su transparencia caso por caso, sigue siendo objeto de reclamaciones cuando no se informó adecuadamente al cliente de su evolución respecto a otros índices.
Vencimiento anticipado
Permitía al banco dar por vencido todo el préstamo con el impago de una sola cuota. Se ha considerado abusiva cuando no respeta la proporcionalidad exigida por la normativa hipotecaria.
Comisiones y gastos en tarjetas revolving
También existen cláusulas abusivas fuera del ámbito hipotecario, como intereses desproporcionados en tarjetas de crédito revolving o comisiones no informadas correctamente.
¿Qué requisitos deben cumplirse para reclamar?
Antes de iniciar cualquier reclamación conviene comprobar:
- Que existe un contrato entre un consumidor y un profesional o empresa.
- Que la cláusula cuestionada no fue negociada individualmente.
- Que se dispone de una copia del contrato o escritura, aunque sea antigua.
- Que la cláusula genera un desequilibrio o falta de transparencia real.
No es necesario disponer de todos los documentos desde el primer momento: un advocat puede solicitar copia de la escritura al notario o del contrato a la propia entidad.
¿Existe un plazo para reclamar?
La nulidad de una cláusula por ser abusiva es una nulidad de pleno derecho, lo que significa que, en principio, la acción para que se declare dicha nulidad no está sujeta a plazo de prescripción, según ha reiterado el Tribunal Supremo. Cuestión distinta es la acción para reclamar la devolución de cantidades ya cobradas en aplicación de esa cláusula, que sí puede estar sometida a plazos de prescripción según el tipo de acción ejercitada. Por este motivo es recomendable no demorar la consulta con un profesional que valore el caso concreto.
Pasos para reclamar una cláusula abusiva
1. Revisión del contrato
El primer paso es analizar el contrato o escritura para identificar las cláusulas potencialmente abusivas y su redacción exacta.
2. Reclamación previa a la entidad
En muchos casos es aconsejable, e incluso obligatorio antes de acudir a los tribunales, presentar una reclamación formal ante el servicio de atención al cliente de la entidad o ante su defensor del cliente.
3. Vía judicial
Si la entidad no responde o rechaza la reclamación, se puede interponer una demanda ante los Juzgados de Primera Instancia. En Viladecans, muchos de estos procedimientos se tramitan y ven en la Ciudad de la Justicia de Barcelona, dado el reparto competencial de los partidos judiciales del área metropolitana.
4. Ejecución de la sentencia
Si el juzgado declara la nulidad de la cláusula, procederá la restitución de las cantidades cobradas indebidamente, con los intereses que correspondan según el caso.
¿Por qué contar con un advocat en la Ciudad de la Justicia de Barcelona?
Los vecinos de Viladecans que quieren reclamar cláusulas abusivas suelen ver sus asuntos tramitados en los juzgados que forman parte de la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Contar con un advocat que conoce el funcionamiento de estos juzgados, los criterios habituales en la práctica procesal y la documentación que suele exigirse facilita que el proceso se desarrolle con mayor orden y previsión, sin que ello implique garantizar un resultado concreto, que dependerá siempre de las circunstancias de cada contrato y de la valoración judicial.
Consulta'ns: qué se analiza
En la primera consulta gratuita se revisa el contrato o la escritura aportada por el cliente, se identifican las cláusulas susceptibles de ser abusivas y se informa, de manera orientativa, sobre las opciones disponibles: reclamación extrajudicial, vía judicial o archivo del asunto si no se aprecian motivos suficientes. Esta consulta inicial no supone ningún compromiso de contratación posterior y sirve para que el afectado entienda su situación con claridad antes de decidir cómo proceder.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar aunque mi hipoteca sea de hace muchos años?
Sí, la antigüedad del contrato no impide por sí sola reclamar la nulidad de una cláusula abusiva, ya que esta nulidad no suele estar sujeta a plazo de caducidad, aunque conviene valorar cada caso.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo si finalmente no reclamo?
La primera consulta es gratuita e informativa; solo si decides iniciar una reclamación se explicarán las condiciones económicas del encargo profesional.
¿Qué documentos necesito llevar a la consulta?
Idealmente el contrato o escritura, recibos de pago si los conservas y cualquier comunicación previa con la entidad. Si no dispones de ellos, se puede orientar sobre cómo solicitarlos.
¿Es obligatorio reclamar primero al banco antes de ir a juicio?
En determinados supuestos existe la obligación o conveniencia de agotar una vía previa de reclamación ante la entidad o su servicio de atención al cliente antes de acudir a los tribunales; un advocat puede indicarte si aplica a tu caso.
¿Qué ocurre si el juzgado desestima la reclamación?
Como en cualquier procedimiento judicial, existe la posibilidad de que la demanda no prospere; por ello es importante una valoración previa realista del caso, sin garantías de resultado, antes de iniciar la vía judicial.